miércoles, 30 de julio de 2014

ENTREVISTA CON EL DOCTOR EN DERECHO JOSE ANDRÉS SÁNCHEZ PEDROCHE

Recientemente tuvimos el honor de que el Sr. Jose andres Sanchez Pedroche, Doctor en Derecho y Rector de UDIMA accediera a contestarnos unas preguntas. Pudimos aprender sobre Derecho, enseñanza y fiscalidad con una de la personas mejor preparadas y con mejor y más experiencia que hemos tenido el placer de conocer. Podeis acceder a esta entrevista en este enlace.

Podéis acceder a un interesante artículo del Sr. Pedroche sobre las balanzas fiscales aquí, y si quereis saber más sobre el Sr. Pedroche y su trayectoria podéis consultarlo aquí.

Esperamos que esta entrevista os resulte interesante.

Doctor Jose Andrés Sánchez Pedroche



martes, 15 de julio de 2014

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO

Si has sido víctima de un accidente de tráfico tienes DERECHO a una indemnización.
 
Las indemnizaciones por accidente de tráfico intentan compensar la pérdida temporal o total de salud, así como el fallecimiento de una persona. Sin embargo, el desconocimiento, el dolor del momento y el miedo a un proceso judicial que puede parecer largo y doloroso provoca que en muchas ocasiones se renuncie a este derecho.
Y si se renuncia a dicho derecho el dinero que debiera compensar los daños acaba en las arcas de las compañías aseguradoras. Para evitar esto y poder ejercer sin temor tu derecho resulta de vital importancia conocer qué es indemnizable, cómo se calcula la indemnización y cómo funciona el proceso.
CLAVES DEL PROCESO
Ante un accidente de tráfico la cuestión principal es QUIÉN tiene derecho a reclamar una indemnización.
En primer lugar tiene DERECHO A INDEMNIZACIÓN el conductor que no ha sido culpable del accidente, incluso si carece de seguro.
Los ocupantes también tienen derecho a solicitar una indemnización, tanto si viajaban en el vehículo culpable como en el vehículo víctima del choque ( hay que destacar que las indemnizaciones no sólo se otorgan a los coches, sino también a los furgones, camiones, motocicletas y ciclomotores ). NOTA: si se trata de un atropello el peatón afectado tiene derecho a una indemnización, excepto que el accidente ses culpa de la víctima.
En caso de que haya que lamentar víctimas mortales, el derecho a percibir indemnización se extiende a determinados familiares del fallecido, en función del grado de parentesco entre ellos y el nivel de dependencia económica con la víctima, entre otros parámetros. Los responsables de pagar las indemnizaciones son las compañías de seguros del vehículo culpable de causar el accidente. Pero si el culpable no tiene seguro o se da a la fuga tras el accidente y es imposible localizarlo, la responsabilidad de correr con la indemnización recae en el Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública adscrita al Ministerio de Economía.
CÓMO RECLAMAR
Una vez que sabes que tienes DERECHO A UNA INDEMNIZACIÓN, debes saber que hay dos vías para obtenerla.
La primera es amistosa, es decir, extrajudicialmente ( sin ir a juicio ). Si la responsabilidad del asegurado está acreditada y el daño bien cuantificado las compañías de seguros están OBLIGADAS a realizar una oferta de indemnización para la parte reclamante, y disponen de un plazo de tres meses desde que se hace la reclamación.
Por Ley, esa oferta de indemnización debe incluir todos los documentos e informes de la que se disponga para la valoración de los daños. De esta forma, si reclamas puedes valorar adecuadamente si estás conforme o no con la oferta que te hagan. Es por ello MUY RECOMENDABLE contar con asesoramiento experto.
Si no se llega a un acuerdo amistoso se debe recurrir a la vía judicial. En esta vía, para reclamar la cantidad que se considere apropiada es preciso o bien interponer una denuncia para iniciar un procedimiento penal, o bien una demanda ante los juzgados para reclamar la responsabilidad civil.
¿Cómo elegir si ir por lo penal o por lo civil? Como norma general se elige la vía penal si a consecuencia del accidente se padecen lesiones cuyo periodo de curación se prevee largo. La principal ventaja de esta vía es que su tramitación supone la evaluación de un médico forense del Juzgado. Esta evaluación es un informe independiente muy útil para negociar con la compañía aseguradora. En cambio, sólo es posible acudir a la vía civil si los daños han sido materiales o si se ha agotado el plazo de seis meses para iniciar el proceso penal.
CONSEJOS PARA RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN
En el momento del accidente:
Siempre es recomendable llegar a un entendimiento entre los propietarios de los vehículos afectados y cumplimentar el parte amistoso de accidente que facilitan las compañías de seguros.
Si no hay acuerdo entre las partes se debe avisar a la policía para que elabore el correspondiente atestado. Este documento es una prueba FUNDAMENTAL para determinar quién ha sido el responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños a las compañías de seguros.
Si el responsable del accidente o el otro conductor implicado niega su colaboración o se da a la fuga, se deben anotar todos los datos que se pueda y que sirvan para identificarle: la matrícula del vehículo que huye y, MUY IMPORTANTE, el teléfono de los testigos del accidente.
También os aconsejamos fotografiar la escena del accidente y los vehículos implicados.
Si el conductor o los acompañantes han sufrido alguna lesión o dolor, por leve que sea y aunque no se aprecie externamente, se debe acudir INMEDIATAMENTE a los servicios hospitalarios de urgencias y solicitar que en los partes de asistencia médica se recoja que los daños son consecuencia de un accidente de circulación.
Después del accidente:
En este punto el proceso puede complicarse si no cuenta con asesoramiento jurídico profesional. Recuerde que existen unos plazos que es muy importante respetar.
La compañía aseguradora le asignará un abogado si su póliza contempla la cobertura jurídica, pero recuerde que su compañía ESTÁ OBLIGADA A ACEPTAR EL ABOGADO QUE LIBREMENTE DESIGNES.
Es muy importante que conserve los justificantes, recibos y facturas de todos los gastos médicos, farmacéuticos y de desplazamientos que tenga que soportar durante la rehabilitación.
¿QUÉ DAÑOS SE INDEMNIZAN?
Los daños indemnizables son diversos. Por un lado están los daños personales, tanto los daños físicos como los daños psíquicos que padecen las personas implicadas en el accidente.
La cuantía de la indemnización se fija según el baremo que establece la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, que se revisa cada año. Este índice distingue, a su vez, si el accidente causa la muerte de la víctima, secuelas permanentes e incapacidad o baja temporal. La indemnización es diferente en cada caso y su forma de calcularla, también varía mucho de un caso a otro, por lo que es MUY importante que tengas un abogado que te asesore.
 
En cualquier caso, las cifras pueden crecer o disminuir ya que el baremo establece unos coeficientes reductores o aumentadores, por lo que no es muy fiable usar calculadoras de indemnizaciones on line. NO ES SERIO. Ten en cuenta que incluso la edad o la profesión de una persona son argumentos que determinan la indemnización, no es lo mismo una cicatriz en la cara si eres modelo que si eres fontanero, ni se indemniza igual la muerte de un adolescente que la de un octagenario enfermo del corazón. Hay muchos factores que tener en cuenta para calcular tu indemnización, por eso contar con un ABOGADO CON EXPERIENCIA en este tipo de procesos ES FUNDAMENTAL y puede suponer la diferencia entre que cobres tu indemnización o que pierdas tus derechos.
Si has tenido un accidente de tráfico o conoces a alguien que lo haya padecido no dudes en solicitar asesoramiento profesional.
Son TUS derechos los que están en juego.
 
 
 

domingo, 6 de julio de 2014

LAS 6 MEJORES PELÍCULAS DE ABOGADOS

Os dejamos una lista con las 6 mejores películas de abogados que hemos visto. Si tienes alguna película favorita relacionada con el mundillo judicial que no salga en la lista por favor decidnosla, ¡nos encanta el buen cine!

RANKING de las 6 MEJORES PELIS DE ABOGADOS

Tom Cruise en "Algunos hombres buenos"