Si has sido víctima de un accidente de tráfico tienes DERECHO a una indemnización.
Las
indemnizaciones por accidente de tráfico intentan compensar la pérdida temporal
o total de salud, así como el fallecimiento de una persona. Sin embargo, el
desconocimiento, el dolor del momento y el miedo a un proceso judicial que
puede parecer largo y doloroso provoca que en muchas ocasiones se renuncie a
este derecho.
Y si se renuncia a dicho derecho el dinero que
debiera compensar los daños acaba en las arcas de las compañías aseguradoras.
Para evitar esto y poder ejercer sin temor tu derecho resulta de vital
importancia conocer qué es indemnizable, cómo se calcula la indemnización y cómo
funciona el proceso.
CLAVES DEL PROCESO
Ante un accidente de tráfico la cuestión
principal es QUIÉN tiene derecho a reclamar una indemnización.
En primer lugar tiene DERECHO A INDEMNIZACIÓN el conductor que no ha sido culpable del
accidente, incluso si carece de seguro.
Los
ocupantes también tienen derecho a
solicitar una indemnización, tanto si viajaban en el vehículo culpable como en
el vehículo víctima del choque ( hay que destacar que las indemnizaciones no
sólo se otorgan a los coches, sino también a los furgones, camiones,
motocicletas y ciclomotores ). NOTA: si se trata de un atropello el peatón
afectado tiene derecho a una indemnización, excepto que el accidente ses culpa
de la víctima.
En caso de que haya que lamentar víctimas
mortales, el derecho a percibir indemnización se extiende a determinados
familiares del fallecido, en función del grado de parentesco entre ellos y el
nivel de dependencia económica con la víctima, entre otros parámetros. Los
responsables de pagar las indemnizaciones son las compañías de seguros del
vehículo culpable de causar el accidente. Pero si el culpable no tiene seguro o
se da a la fuga tras el accidente y es imposible localizarlo, la
responsabilidad de correr con la indemnización recae en el Consorcio de
Compensación de Seguros, entidad pública adscrita al Ministerio de Economía.
CÓMO RECLAMAR
Una vez que sabes que tienes DERECHO A UNA
INDEMNIZACIÓN, debes saber que hay dos
vías para obtenerla.
La primera es amistosa, es decir,
extrajudicialmente ( sin ir a juicio ). Si la responsabilidad del asegurado está
acreditada y el daño bien cuantificado las
compañías de seguros están OBLIGADAS a realizar una oferta de indemnización
para la parte reclamante, y disponen de un plazo de tres meses desde que se
hace la reclamación.
Por Ley, esa oferta de indemnización debe
incluir todos los documentos e informes de la que se disponga para la
valoración de los daños. De esta forma, si reclamas puedes valorar
adecuadamente si estás conforme o no con la oferta que te hagan. Es por ello MUY
RECOMENDABLE contar con asesoramiento experto.
Si no se llega a un acuerdo amistoso se debe
recurrir a la vía judicial. En esta vía, para reclamar la cantidad que se
considere apropiada es preciso o bien interponer una denuncia para iniciar un
procedimiento penal, o bien una demanda ante los juzgados para reclamar la
responsabilidad civil.
¿Cómo
elegir si ir por lo penal o por lo civil? Como norma general se elige la vía penal si a
consecuencia del accidente se padecen lesiones cuyo periodo de curación se
prevee largo. La principal ventaja de esta vía es que su tramitación supone la
evaluación de un médico forense del Juzgado. Esta evaluación es un informe
independiente muy útil para negociar con la compañía aseguradora. En cambio,
sólo es posible acudir a la vía civil si los daños han sido materiales o si se
ha agotado el plazo de seis meses para iniciar el proceso penal.
CONSEJOS PARA RECLAMAR TU INDEMNIZACIÓN
En el momento
del accidente:
Siempre es
recomendable llegar a un entendimiento entre los propietarios de los vehículos
afectados y cumplimentar el parte amistoso de accidente que facilitan
las compañías de seguros.
Si no hay acuerdo entre las partes se
debe avisar a la policía para que
elabore el correspondiente atestado.
Este documento es una prueba FUNDAMENTAL para determinar quién ha sido el
responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños a las compañías
de seguros.
Si el responsable del accidente o el otro
conductor implicado niega su
colaboración o se da a la fuga, se
deben anotar todos los datos que se pueda y que sirvan para identificarle:
la matrícula del vehículo que huye y, MUY IMPORTANTE, el teléfono de los
testigos del accidente.
También os aconsejamos fotografiar la escena
del accidente y los vehículos implicados.
Si el conductor o los acompañantes han sufrido alguna lesión o dolor, por leve que sea y aunque no se aprecie externamente, se debe acudir INMEDIATAMENTE a los
servicios hospitalarios de urgencias y solicitar que en los partes de
asistencia médica se recoja que los daños son consecuencia de un accidente de
circulación.
Después del
accidente:
En este punto el proceso puede complicarse si no cuenta con asesoramiento
jurídico profesional. Recuerde que existen unos plazos que es muy
importante respetar.
La compañía aseguradora le asignará un abogado
si su póliza contempla la cobertura jurídica, pero recuerde que su compañía ESTÁ OBLIGADA A ACEPTAR EL
ABOGADO QUE LIBREMENTE DESIGNES.
Es muy importante que
conserve los justificantes, recibos y facturas de todos los gastos médicos, farmacéuticos y de
desplazamientos que tenga que soportar durante la rehabilitación.
¿QUÉ DAÑOS SE INDEMNIZAN?
Los daños indemnizables son diversos. Por un
lado están los daños personales,
tanto los daños físicos como los daños
psíquicos que padecen las personas implicadas en el accidente.
La cuantía de la indemnización se fija según el baremo que establece
la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a
Motor, que se revisa cada año. Este índice distingue, a su vez, si el accidente
causa la muerte de la víctima, secuelas permanentes e incapacidad o baja
temporal. La indemnización es diferente en cada caso y su forma de calcularla,
también varía mucho de un caso a otro, por lo que es MUY importante que tengas un abogado que te asesore.
En cualquier caso, las cifras pueden crecer o
disminuir ya que el baremo establece unos coeficientes reductores o
aumentadores, por lo que no es muy
fiable usar calculadoras de indemnizaciones on line. NO ES SERIO. Ten en
cuenta que incluso la edad o la profesión de una persona son argumentos que
determinan la indemnización, no es lo mismo una cicatriz en la cara si eres
modelo que si eres fontanero, ni se indemniza igual la muerte de un adolescente
que la de un octagenario enfermo del corazón. Hay muchos factores que tener en cuenta para calcular tu indemnización,
por eso contar con un ABOGADO CON EXPERIENCIA en este tipo de procesos ES
FUNDAMENTAL y puede suponer la diferencia entre que cobres tu indemnización o
que pierdas tus derechos.
Si has tenido un accidente de tráfico o conoces a
alguien que lo haya padecido no dudes en solicitar asesoramiento profesional.
Son TUS derechos los que están en juego.